martes, 27 de enero de 2015

Espectacular: Un trabajador se clava una motosierra en el cuello

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James Valentine, un podador de árboles de apenas 21 años, resultó gravemente herido el pasado lunes cuando, mientras cortaba varias ramas de un tronco en EEUU, perdió el control de la motosierra  que manejaba y se clavó su hoja en el cuello, según ha informado el «Pittsburg Post-Gazette» en su versión en línea. No obstante, y a pesar del accidente, el joven se encuentra fuera de peligro tras la intervención de los médicos.
Según relata ABC, al parecer el trágico suceso ocurrió mientras James se encontraba subido a un árbol de varios metros de altura en el condado de Ross (EE.UU.). Cuando le quedaba poco para terminar el trabajo, el joven deicidio subir la motosierra que estaba manejando por encima de su cabeza para podar la parte más elevada del tronco. En ese momento, el instrumento se descontroló violentamente y terminó incrustándose varios centímetros en el cuello y el hombro del norteamericano.
Con un insufrible dolor recorriéndole todo el cuerpo, James no supo qué hacer. Por suerte, un compañero de trabajo vio la situación y bajó a la víctima del árbol. A los pocos minutos, una ambulancia llegó al lugar del accidente y logró, tras mucho esfuerzo y asombro, estabilizar a la víctima, aún con la hoja de la motosierra en el cuello. «Si se la hubiéramos quitado se hubiera producido una hemorragia masiva», explica uno de los médicos que le atendieron.

jueves, 22 de enero de 2015

Piden la condena de nueve acusados por un accidente mortal

              



La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de nueve acusados por un accidente laboral con un fallecido ocurrido en 2007 en Candamo. La vista oral se celebró este martes en el Juzgado de lo Penal número uno de Avilés.
El fallecido estaba casado y tenía tres hijos. Sobre las 03.0 horas del 31 de mayo de 2007, E. G. C., de 55 años, de profesión encofrador, categoría oficial de primera, desempeñando funciones de encofrador y conductor del mixer, cuando estaba realizando la tarea consistente en el vertido de hormigón que había sobrado después de hormigonar un muro en el exterior de la boca de un túnel, cerca del apeadero de Feve de Sandiche-Candamo, levantó la tolva del mixer unos 15 centímetros, girándola 90 grados hacia la cuneta (al lado derecho del conductor, que era el del terraplén) e inclinándola para vaciarla (operación que hacía para poder proporcionar mejor sujeción al balasto), momento en que el mixer volcó. El trabajador intentó saltar del equipo, pero el propio vehículo lo arrastró, atrapándolo y causándole la muerte.
La obra consistía en la consolidación de la plataforma en los túneles números 105, 107 y 116, tramo Pravia-Trubia. La empresa constructora había alquilado el mixer a otra empresa. Hasta el momento del accidente, nunca se había hecho esta operación de descarga del hormigón sobrante, puesto que lo descargaba en la propia planta de hormigón el conductor del camión hormigonera que lo suministraba. Sin embargo, ese día, el conductor de la hormigonera solicitó que lo echaran en la obra, ya que, por la hora que era, no tenía luz en la planta para hacer la maniobra habitual. La tolva original del mixer que conducía el fallecido había sido modificada, añadiéndose un tolvín guía (canaleta) en la parte delantera, que no tenía el Certificado de Conformidad CE. Posteriormente, se presentó un Proyecto de marcado CE., efectuado y visado después del accidente. La Fiscalía sostiene que no se avisó al coordinador de seguridad y salud. El primer conocimiento que tuvo aquél fue una llamada, de la acusada (técnico de prevención de la empresa y autora del Plan de Seguridad) hacía las 5,45 horas del 31 de mayo de 2007, el día del accidente, comunicándoselo y diciéndole que ya llevaban trabajando 4 o 5 días. Ello impidió que pudiera cumplir sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, por su falta de presencia y actividad en la obra, con grave menoscabo del derecho a una protección eficaz frente a los riesgos derivados del trabajo para todos los trabajadores que prestaban servicios en la obra pre citada (6 en la noche del accidente). La Fiscalía sostiene que ninguno de los nueve acusados se ocupó de la vigilancia y coordinación empresarial en materia preventiva y no avisaron al coordinador de seguridad, por lo que no pudo cumplir sus funciones, con el riesgo que ello supone para todos los trabajadores, tanto de la contratista principal como de las sub contratistas. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores y de un delito de homicidio imprudente y solicita que se condene a cada uno de los acusados a tres años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo durante ese mismo espacio de tiempo, abono de las costas procesales y que, de forma conjunta y solidaria, indemnicen.

miércoles, 21 de enero de 2015

Los accidentes laborales más comunes son los que se producen camino al trabajo

El costo del seguro depende de la actividad laboral y el riesgo inherente
               

Todas las empresas y particulares de nuestra ciudad que contraten empleados para realizar diferentes trabajos, deben contar con un seguro que cubra los posibles daños que éstos puedan sufrir. Costos que deben afrontar aquellos empleadores que no han asegurado a su personal pueden ser muy onerosos además de sufrir juicios laborales. 
Algunas empresas aseguradoras locales nos comentaron cómo es la situación actual con respecto a este tema. El encargado de una ART ubicada sobre Chile, Mariano Raville, nos comentó: "Una cosa son los accidentes de la gente contratada para trabajos específicos, como la reparación de las cosas en las casas, plomero, albañil, por ejemplo,  y otra es la gente que trabaja en los aserraderos, industrias, llevando materiales pesados que puede tener problemas de hernias y dolores lumbares, que son los siniestros más comunes. Dentro de lo que es administración o administrativo, como escribanías, consultorios, estudios jurídicos, oficinas o casas de familia que contratan empleadas, generalmente el siniestro más común es el Initinere, que  es el causado o el que ocurre camino al trabajo y debe estar cubierto dentro de la ART, ya que es responsabilidad del empleador todo lo que le ocurra al personal viniendo desde su casa al trabajo, como desde el trabajo a su casa en un lapso máximo de una hora".
En cuanto a los costos que tiene una empresa a raíz de un accidente laboral sin seguro, nos explicaron: "Determinar el monto no es fácil, depende de la edad y del sueldo, entre otras cosas, que determina el juez. Pero hay montos que van desde los 100 mil pesos hasta los 2 o 3 millones de pesos. Algunos casos trascendentes que se han producido en nuestro departamento, tienen que ver con un empleado que cayó de una escalera mientras pintaba y se mató, o bien, con personas que han sido atropelladas por vehículos, pero estas situaciones no son habituales, son pocos los casos". 
Los precios para asegurar a un empleado  son muy dispares, dependen a la actividad en la que trabaje y el riesgo. Un administrativo tiene un costo más bajo, que parte de los 200 pesos por mes, y hablamos del otro extremo más riesgoso, como el de la construcción, aserraderos e industrias los costos rondan los 400 o 500 pesos por empleado. Esto se debe a que trabajan con máquinas de alto riesgo, con las que se pueden cortar o  lastimar.
"A lo mejor es un tipo que lo llamás para que te arregle el aire acondicionado y se electrocuta, por eso siempre le tengo que preguntar al contratado si tiene seguro, porque si ocurre algo con él lo pago yo. Si esa persona no tiene seguro, me tengo que informar, porque si se electrocuta, como contratante tengo la culpa y afecta al propietario del lugar donde se produce.
Para contratar una ART tenés que estar inscripto en la AFIP, con el personal también declarado e inscripto en la AFIP. Si la persona no está declarada por un empleador o  está contratada por un particular, se realiza un seguro de accidentes personales, por lo cual no hace falta que esté registrado en la AFIP para ello. En el caso de las empleadas domésticas existe una ART  desde noviembre del año pasado que parte de los 130 pesos. También tenés gasistas, electricistas, albañiles, plomeros y toda la gente que no está en relación de dependencia, que trabaja en forma particular.
Hay que considerar que en el panorama actual de la esfera de accidentes laborales existen diversos intereses que entran en juego, empleados que en forma muy recurrente aprovechan estas oportunidades para exagerar los daños, extienden los plazos del certificado de licencia y con el asesoramiento profesional, que también obtiene un importante crédito en este tipo de casos,  quienes toman fuerza para llevar adelante juicios millonarios por accidentes laborales. Es un tema muy manipulado  y común actualmente, ya que  refleja una maraña de intereses que buscan aprovechar ciertas situaciones para sacar importantes montos de dinero.

El día a día de los docentes ¿tiene riesgos para su salud? Algunos consejos para prevenirlos

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En los sectores industriales, el trabajador asocia la prevención al hecho de evitar sufrir un accidente en su jornada laboral, no obstante, si preguntáramos a un profesional de la educación si cree que puede sufrir un accidente en su puesto de trabajo, el porcentaje de negativas sería alto. ¿Quiere esto decir que si no existe el concepto accidente no tienen riesgos en su lugar de trabajo? Si cambiáramos el enunciado de la pregunta por “¿cree que su actividad laboral puede afectar a su salud?” quizás el resultado sería distinto.
El docente es consciente de cómo le afecta su actividad a la voz, del estrés que le provoca su día a día, e incluso los profesionales que trabajan con los alumnos más pequeños son conscientes de que los esfuerzos que realizan con ellos les generan molestias musculares.

LOS PRINCIPALES MOTIVOS DE ESTRÉS Y MALESTAR QUE AFECTAN A LOS DOCENTES, SE PUEDEN RESUMIR EN:

1.    Pérdida de autoridad ante los alumnos.
2.    Desmotivación y actitudes contestatarias por parte de los propios alumnos.
3.    Falta de reconocimiento y valoración social del profesor.
4.    Insuficiencia de recursos materiales.
¿Pero que son los “factores psicosociales”? Son las condiciones en el entorno laboral que están directamente relacionadas con la organización del centro, el contenido del trabajo, las actividades que realizan, y que pueden afectar el bienestar o la salud (física, psíquica o social) de los docentes.
Los riesgos psicosociales pueden perjudicar tanto la salud del educador como del proceso educativo, por eso quien finalmente se va a sentir perjudicado es el propio alumno y/o su entorno.
Principales quejas de los profesores
El Sindicato independiente de Enseñanza (ANPE) publica en su Memoria estatal del defensor del profesor, del curso 2013-2014, las principales quejas y denuncias del personal docente. Conozcamos los principales problemas a que se enfrentan, ya que nos permiten identificar los riesgos: (se describen en orden descendente)
  • Conflictos relacionados con los alumnos: dificultades para dar clase, conductas, agresivas,
    faltas de respeto e insultos, acoso y amenazas, grabaciones, internet.
  • Problemas relacionados con los padres: acoso y amenazas de padres, falsas acusaciones, denuncias de los padres y agresiones.
  • Acoso laboral (mobbing).
  • Problemas con la dirección: dejar desamparado al profesor ante falsas acusaciones.
  • Falta de respaldo por parte de la administración e inspección educativa.
  • Problemas administrativos generalizados: falta de profesorado en los centros, contratación de interinos, aumento de ratio, expedientes disciplinarios, etc.
No cabe duda de que ante todas estas actuaciones queda patente la poca consideración social que de forma generalizada se tiene hacia el docente como profesional y como persona.
Como respuesta a estas condiciones adversas, los profesionales de la enseñanza pueden reaccionar con actitudes de rutina, poca iniciativa, inhibición, incluso abandono de la profesión.
Asimismo, las situaciones de estrés continuadas pueden repercutir en efectos físicos como cansancio, trastornos cardiovasculares, digestivos, úlceras o dolores musculares, pero también manifestaciones psicológicas como ansiedad, descenso de la autoestima, irritabilidad, depresiones, y en su grado máximo alcanzar el llamado “Síndrome de Burnout” (literalmente, síndrome del quemado).
¿Se pueden prevenir los riesgos psicosociales?
Para poder prevenir los factores psicosociales laborales, es importante tener presente las siguientes recomendaciones preventivas:
Respecto al centro educativo
  • Definición clara de objetivos y método de alcance.
  • Informar explícitamente a los docentes de los problemas a los que se van a someter.
  • Organizar cursos y actividades formativas para el desarrollo de habilidades.
Respecto al personal docente
  • Comunicación asertiva con los diferentes miembros de la comunidad escolar.
  • Trabajar en grupo, ser innovador, dinámico y no rutinario.
  • Formación continuada.
  • Definir objetivos realistas.
  • Crear un grupo de ayuda mutua para compartir expectativas y preocupaciones con el resto de compañeros.
  • Realizar fuera del trabajo actividades lúdicas, técnicas de relajación y formación en gestión del estrés.
La mayoría de estudios estudios indican que un 80% del profesorado señala los problemas psicológicos como los de mayor riesgo de su actividad profesional. Así que es relevante la importancia de prevenirlos y evitar sus secuelas (ansiedad, agotamiento, baja autoestima, etc.).

martes, 20 de enero de 2015

Condenan a seis responsables de obra por accidente laboral de dos trabajadores

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Esta condena confirma, una vez más, la importancia de informar y formar efectivamente a los trabajadores propios y externos de los riesgos asociados a su propia actividad. Las investigaciones destaparon la inexistencia de registros que evidenciaban control de los trabajos y el intercambio de información en la coordinación de actividades empresariales.
Según lo indicado en el artículo 7 del REAL DECRETO 171/2004 “El empresario titular deberá informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos del centro de trabajo sea relevante a efectos preventivos.”
El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga ha condenado por dos delitos de lesiones imprudentes a seis personas relacionadas con las obras de un edificio de viviendas en la capital por el accidente laboral ocurrido en abril de 2009, en el que dos trabajadores quedaron sepultados y resultaron heridos de diversa consideración. Según se declara probado en la sentencia, dos de los acusados eran los arquitectos encargados de la elaboración del proyecto y asumieron también la dirección de obra; mientras que un tercero era el que realizó el estudio de seguridad para el proyecto de ejecución y se encargó también de la dirección de coordinación de seguridad de las actuaciones.
La empresa que promovía la construcción del edificio de viviendas suscribió con otra sociedad, cuya representante también ha sido condenada, un acuerdo por el que se le encargaba a ésta los trabajos de cimentación y estructura de las obras. El estudio geotécnico realizado entonces preveía la posibilidad de desprendimientos y la necesidad de proteger determinadas zonas con estructuras de contención. El día del accidente, cuando comenzaron los trabajos de ferralla, bajaron a la base del batache varios trabajadores y “debido a la inestabilidad que presentaba el terreno, se produjo el desprendimiento del talud derecho sin que tuvieran tiempo de alejarse” los dos trabajadores, que resultaron lesionados y quedaron “sepultados entre piedras y rocas”
La sentencia revela varios incumplimientos en materia de coordinación empresarial:
1. Falta de planificación preventiva de trabajos e información de procedimientos seguros “no consta la existencia de planos visados correspondientes a los bataches realizados y en el plan de seguridad de la contratista no existía previsión alguna sobre las medidas de seguridad a adoptar durante su apertura”.
2. La celebración de reuniones es medio de coordinación bastante extendido ya que facilita la transmisión de información entre empresas concurrentes. Ambas firmas acordaron llevar a cabo la coordinación de actividades en materia de riesgos laborales mediante la celebración de reuniones, según aparece en la resolución. Sin embargo se indica que “no consta que se realizaran reuniones de coordinación para conocer los pormenores de la obra en cada momento”
De todo lo expuesto con anterioridad confirma de nuevo la importancia  de, previo a la realización de trabajos, realizar elanálisis y control de los registros y evidencias documentales (actas de reunión de coordinación, actas de aprobación del plan de seguridad); así como del seguimiento de la ejecución de trabajos segura, en base al deber de vigilancia, mediante larealización de inspecciones de seguridad
CTAIMA Outsourcing & Consulting S.L ofrece a sus clientes el servicio de externalización de la gestión documental, que permite asegurar una revisión documental exhaustiva garantizando el control y acceso a los datos, eliminando todo riesgo de evidencia jurídica. La validación documental llevada a cabo a través de un equipo de consultores especialistas en coordinación empresarial, con amplios conocimientos jurídicos y técnicos, imprime seguridad y tranquilidad a sus clientes, liberándoles de la carga administrativa que supone.

viernes, 16 de enero de 2015

Seis condenados por un accidente de trabajo

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Seis condenados por un accidente en el que quedaron sepultados dos trabajadores
El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga ha condenado a seis personas relacionadas con las obras de un edificio de viviendas en la capital por el accidente laboral ocurrido en abril de 2009, en el que dos trabajadores quedaron sepultados y resultaron heridos de diversa consideración. Así, se les condena por dos delitos de lesiones imprudentes, en concurso con un delito contra los derechos de los trabajadores.
Según se declara probado en la sentencia, dos de los acusados eran los arquitectos encargados de la elaboración del proyecto y asumieron también la dirección de obra; mientras que un tercero era el que realizó el estudio de seguridad para el proyecto de ejecución y se encargó también de la dirección de coordinación de seguridad de las actuaciones.
La empresa que promovía la construcción del edificio de viviendas suscribió con otra sociedad, cuya representante también ha sido condenada, un acuerdo por el que se le encargaba a ésta los trabajos de cimentación y estructura de las obras. Ambas firmas acordaron llevar a cabo la coordinación de actividades en materia de riesgos laborales mediante la celebración de reuniones, según consta en la resolución.
Para extraer la tierra adherida en una de las paredes se decidió un método concreto y en abril de 2009, se realizaron los trabajos para hacer bataches, técnica que se emplea cuando el terreno junto al corte debe soportar cargas a una cota superior a la del fondo de la excavación. El estudio geotécnico realizado entonces preveía la posibilidad de desprendimientos y la necesidad de proteger determinadas zonas con estructuras de contención.
Pero, dice la sentencia, "no consta la existencia de planos visados correspondientes a los bataches realizados y en el plan de seguridad de la contratista no existía previsión alguna sobre las medidas de seguridad a adoptar durante su apertura". Además, se señala que los acusados permitieron que las obras continuaran "a pesar de la posibilidad de desprendimientos de rocas y otro material del terreno".
Asimismo, se indica que "no consta que se realizaran reuniones de coordinación para conocer los pormenores de la obra en cada momento" y que no se tuvo en cuenta en plan de seguridad medidas de seguridad en la apertura de los bataches.
Desprendimiento del talud derecho
El día del accidente, cuando comenzaron los trabajos de ferralla, bajaron a la base del batache varios trabajadores y "debido a la inestabilidad que presentaba el terreno, se produjo el desprendimiento del talud derecho sin que tuvieran tiempo de alejarse" los dos trabajadores, que resultaron lesionados y quedaron "sepultados entre piedras y rocas". Otros tres sí lograron salir, pero estuvieron expuestos al mismo peligro.
En el accidente, una de las víctimas, representada en este procedimiento por el letrado Manuel Temboury, sufrió varias heridas y presenta secuelas que le incapacitan de forma permanente y total para su trabajo; al igual que ocurrió con el otro trabajador. Así, en la sentencia se concede al primero la cantidad de 140.000 euros en concepto de indemnización; mientras que al segundo se le abonarán 165.000 euros.

jueves, 15 de enero de 2015

Un obrero muere cada dos días en los preparativos del Mundial de Catar 2022

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Nuevos datos escalofriantes revelan que a lo largo de 2014 ha muerto un empleado cada dos días en la construcción de los estadios con miras a la Copa Mundial de fútbol 2022 de Catar.
Cifras otorgadas por autoridades nepalíes hablan de 188 trabajadores de esa nacionalidad muertos en Catar entre el mes de enero y la mitad del mes de noviembre, según informa el periódico británico ‘The Guardian’.
Entre ellos, más de 65 personas han muerto como consecuencia de un paro cardiaco y más de 30 personas en virtud de las malas condiciones de trabajo. El año pasado el índice de mortalidad ascendió hasta 168 personas.
“Sabemos que los trabajadores de otros países que trabajan bajo temperaturas altas son muy vulnerables a golpes térmicos”, cuenta Nicholas McGeehan, investigador de Oriente Medio para Human Rights Watch.
McGeehan agrega que “es responsabilidad de Catar determinar si las muertes están relacionadas con las condiciones de vida y de trabajo, pero Catar rechazó de plano una recomendación de lanzar una investigación inmediata sobre estas muertes el año pasado” .
Una vez publicado el reporte de HRW, Catar dijo que reformaría el sistema ‘kafala’, que mantiene a los trabajadores atados a su empleador, y que buscaría una mejor aplicación de leyes que obliguen a los contratistas a proporcionar condiciones de vida dignas y prohibirles la incautación de pasaportes.