lunes, 30 de mayo de 2016

Juicios por accidentes de trabajo aumentaron 16% en abril


Los juicios por accidentes de trabajo aumentaron 16% en abril en forma interanual, luego de que en ese mes se sumaron más de 11 mil demandas. Proyectados, implican 122.491 nuevos juicios para 2016, según un informe de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
La Ciudad de Buenos Aires concentra el 44% de los casos y su crecimiento (25%) está por encima del promedio total (16%). La provincia de Buenos Aires sigue en crecimiento (30%) por encima del promedio. En abril de este año se iniciaron 11.678 demandas, que se adicionan a los 9.747 de febrero, y a los 11.705 de marzo, todas ellas contra las ART. Según el reporte, "de sostenerse esta tendencia, 2016 sumaría 122.491 nuevos casos, un 16% más que el año precedente. Entre febrero (primer mes "hábil" pasada la feria judicial del mes de enero) y abril se acumularon más de 33.500 nuevas demandas". La entidad, que enrola a las ART, convocó a empleadores, trabajadores, representantes gremiales y empresariales, prestadores, profesionales y técnicos, a promover y a realizar un uso responsable del Sistema, en definitiva "cuidar a quien nos cuida".


Desde enero de 2002, hasta abril 2016, se presentaron casi 600.000 demandas judiciales. La consecuencia directa de esta creciente conflictividad judicial es un aumento considerable de gastos operativos y de cobertura, con incidencia directa en el costo laboral e impacto en la economía y la puesta en peligro de la sustentabilidad del sistema y sus beneficios para trabajadores y empleadores. A 20 años del funcionamiento del sistema y con casi 10 millones de trabajadores cubiertos, la UART describe la situación actual como "paradojal".
"Mientras los accidentes disminuyen sistemáticamente (69% los fallecidos, por ejemplo) y además se cubren cada vez más enfermedades y se pagan montos indemnizatorios más altos, la amenaza judicial contra las aseguradoras crece sin cesar".
Esta información cuantitativa proviene de la suma de las demandas ingresadas en 16 compañías, que representan el 97% del mercado en términos de trabajadores cubiertos. Cabe aclarar que el número de juicios citado no incluye los que tramitan ante los jueces federales con competencia en las provincias o el fuero de la Seguridad Social (procedimiento de apelación propio contemplado en la Ley 24.557), ni las mediaciones o conciliaciones obligatorias previas a la demanda (se estiman en casi 94.000 para 2016), con lo cual el número final es sensiblemente superior.
Noticias Argentinas

martes, 3 de mayo de 2016

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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En el mundo, cada 15 segundos, un trabajador muere a causa de accidentes o enfermedades relacionados con el trabajo. Cada 15 segundos, 153 trabajadores tienen un accidente laboral. Cada día mueren 6.300 personas a causa de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo, más de 2,3 millones de muertes por año. Anualmente ocurren más de 317 millones de accidentes en el trabajo.
Luego de estas apabullantes cifras, debemos detenernos y reflexionar que detrás de cada unidad numérica hay una persona, una vida o un proyecto de vida truncado definitivamente. Lo cruel, lo inexplicable es que la mayoría de estos “accidentes” son producidos por graves negligencias humanas: son asesinatos.
Mañana, 21 de abril, se conmemora el Día Nacional de la Higiene y Seguridad en el Trabajo. Se recuerda que en ese día de 1972 fue sancionada la Ley 19.587, que aún rige en esta materia. La ley fue de avanzada para su época, y aun hoy son pocas empresas las que cumplen exactamente sus previsiones.
En realidad, esta norma de solo once artículos da un marco general, que luego es desarrollado a través de una extensa y minuciosa reglamentación. El mayor incumplimiento, especialmente en condiciones de trabajo y normas edilicias, se presenta en las reparticiones del Estado, nacional, provincial o municipal.
Nuestro país tiene un modelo muy particular con relación a la protección contra los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Es el único país del mundo que ha entregado la custodia de la salud de los trabajadores a entidades con fines de lucro: las administradoras de riesgos de trabajo (ART). Por más que todos los tribunales del país y, también, la Corte Suprema de Justicia de la Nación han declarado inconstitucionales muchos de los artículos de la Ley 24.557 (es, en la historia del derecho, la que ha sido declarada inconstitucional en más oportunidades), la cuestionada norma se mantiene. Aun durante el gobierno del matrimonio Kirchner que proclamó la inclusión social y las indelegables funciones del Estado, la ley se mantuvo, provocando un manejo meramente comercial a una cuestión que debería considerarse como una grave violación de los derechos humanos. Lo cierto es que ha sido como meter el zorro en el gallinero: es imposible que las ART atiendan requerimientos de justicia social, si de por medio está su interés comercial en maximizar la ganancia. Muchas veces los empresarios se han convertido en el pato de la boda, ya que la jurisprudencia les ha extendido la responsabilidad que habían delegado en las ART.
Las exigencias
Las ART no solo faltan a su deber de cobertura de los accidentes y enfermedades, inventando mil excusas para no otorgar las prestaciones que la ley manda, y también faltan a su deber de prevención. La ley exige a las ART realizar un control eficiente en las empresas y dar cursos de capacitación -en general solo son instrumentados en empresas de grandes dimensiones- y exámenes médicos periódicos, que rara vez llevan a cabo.
En esta materia, la capacitación y la prevención revisten una función primordial. Un solo ejemplo: se ignora que, en el mundo, únicamente el amianto cuesta la vida a 100.000 personas cada año. Lo que es peor, 12.000 de los fallecimientos anuales corresponden a niños que trabajan en condiciones peligrosas.


SITIO WEB
http://www.eltribuno.info, [Web en línea]  http://www.eltribuno.info/seguridad-y-salud-el-trabajo-n703234 [Consulta: 20-4-2016]